Cómo Europa encierra a sus vecinos
Por Alain Morice y Claire Rodier
Los controles migratorios subcontratados a países externos
Europa ha cambiado de muros. Hace veinte años, en Berlín, los
representantes de las naciones democráticas recibían de forma unánime la
caída del muro como una victoria de la libertad. “Toda persona tiene
derecho a salir libremente de cualquier país, inclusive del propio”: al
fin podría aplicarse el artículo 13 de la Declaración Universal de
Derechos Humanos de 1948.
En una resolución de 1991, el Consejo Europeo se regodeaba: “Hoy,
ciertos cambios políticos permiten que las personas se desplacen
libremente por Europa, lo que constituye una condición esencial para la
subsistencia y el desarrollo de las sociedades libres y las Culturas
florecientes” (sic). Libertad cuyas recaídas no tardaron en temerse.
Primero, se recordó que “el derecho a desplazarse libremente, como lo
prevén los convenios internacionales, no implica la libertad de
instalarse en otro país”. También hubo preocupación por “el espectacular
aumento de la cantidad de solicitantes de asilo en Europa occidental y
algunos países de Europa central, tentados de utilizar el Convenio de
Ginebra para sortear las restricciones a la inmigración”. (1)
El fin de la guerra fría hizo que aparecieran nuevas líneas de frente
a lo largo de las cuales surgieron de la tierra o balizaron los mares
otras murallas, reales o virtuales, pero más estancas y muy sangrientas.
En el Este, la Unión Europea supo negociar su ampliación a cambio de
que los nuevos miembros se comprometieran a vigilar sus fronteras. Cada
uno debería construir su propio muro de Berlín. En las costas del
Mediterráneo, la cumbre europea de Tampere preconizó desde 1999 una
“cooperación regional entre los Estados miembros y los terceros países
limítrofes de la Unión en materia de lucha contra la criminalidad
organizada”, lo cual incluía la “trata de seres humanos”.
Recurrentemente calificados de “clandestinos” y “víctimas” y
reprimidos como “pasadores” de envergadura internacional, puesto que se
ayudan entre sí, (2) los inmigrantes serían, de allí en más, el blanco
de un discurso que justifica que se los combata para protegerlos mejor.
La cumbre de jefes de Estado de Sevilla (junio de 2002) consagraría la
lucha contra la inmigración ilegal como una prioridad absoluta de la
Unión en sus negociaciones con los Estados vecinos.
Así pues, de allí en más, el Viejo Continente, considerándose capaz
de controlar sus fronteras, comenzó a derivar metódicamente esa tarea
–ignorando los acuerdos internacionales existentes– a los países de
proveniencia o de tránsito. (3) Migreurop, una red de investigadores
(léase, a continuación, “Las fuentes”), popularizaría el concepto de
“externalización”, tomado de los economistas, para calificar esas trabas
a la libertad de circular prevista por los textos internacionales.
Las fronteras exteriores del espacio Schengen (véase el mapa) se
beneficiaron de allí en más de una segunda muralla, exterior, que
requiere la colaboración de los terceros países. Bautizada de forma
eufemística “dimensión exterior de la política de inmigración y de
asilo” por el programa de La Haya de 2004, (3) la “externalización”
acarrea todo un cortejo de subterfugios ideológicos. En los hechos, se
trata de hacer que la responsabilidad de controlar las fronteras recaiga
sobre los Estados no europeos, en el marco de una cooperación tan
oscura como injusta, pero los dirigentes de los Veintisiete se ven
forzados a presentar el asunto como una “gestión concertada de los
flujos migratorios”.
La “externalización” consiste en instaurar un dispositivo flexible,
cada vez un poco más alejado de las fronteras. Sus dos formas
principales son la deslocalización de los controles y la subcontratación
de la “lucha contra la inmigración ilegal”. Los grandes perdedores son:
el ejercicio del derecho de asilo, que sin embargo todos los países de
la Unión se comprometieron a respetar al ratificar el Convenio de
Ginebra sobre los refugiados, y el derecho a salir de “cualquier país,
inclusive del propio” proclamado por varios textos internacionales.
Ya desde los años 1990, la Unión envió asesores
técnicos, en especial a los futuros Estados miembros, para encauzar las
migraciones en el país de origen. En 2004, se instauró formalmente una
red de “funcionarios de enlace de inmigración” con el objetivo de
“contribuir a la prevención de la inmigración ilegal y a la lucha contra
ese fenómeno, al regreso de los inmigrantes ilegales y a la gestión de
la inmigración ilegal”. Así, la inmigración se ve calificada de “ilegal”
aun antes de haberse producido. La principal tarea de estos
funcionarios de enlace es ayudar a las autoridades locales a controlar
en los aeropuertos la validez de los documentos de viaje, lo cual, en la
práctica, los lleva a no respetar, en ciertos casos, la soberanía del
país de partida.
En 2001, una directiva de la Unión instauró un sistema de sanciones
financieras para las empresas de transporte culpables de trasladar a
personas cuyos pasaportes o visas no son válidos. Muy disuasivas –las
multas pueden alcanzar los 500.000 euros y las compañías deben hacerse
cargo del traslado de regreso de las personas interceptadas–, obligan a
un personal sin competencia a efectuar una selección de los pasajeros
antes del embarque. Esa privatización de los controles reduce el trabajo
de filtraje en el momento de la llegada. Tiene importantes
consecuencias cuando las partidas se justifican por una necesidad de
protección; puesto que, si bien, en principio, a los solicitantes de
asilo no se les puede objetar la irregularidad de su situación o la
falta de visa una vez llegados al país de acogida, tienen que haber
podido llegar hasta allí. Así pues, siete pescadores tunecinos fueron
inculpados y encarcelados en agosto de 2007 por un juez italiano por
“ayudar a la inmigración ilegal”, y sus barcos fueron confiscados porque
habían salvado del naufragio a una embarcación y llevado a sus
pasajeros a Lampedusa (Sicilia), el puerto más cercano, como sin embargo
está previsto por los reglamentos marítimos. (5)
Desde 2005, una agencia de la Unión Europea, llamada Frontex, (6)
coordina las operaciones de intercepción marítima entre la costa
africana y las islas Canarias, y también en el canal de Sicilia. A fines
de 2009, José Luis Rodríguez Zapatero, el primer ministro español, se
jactó de haber reducido a la mitad los arribos “ilegales” por mar a
España. Sin embargo, todo indica que, por su parte, la mortalidad de los
inmigrantes, tanto en el mar como en el desierto, no ha disminuido
(véase el mapa en la página de al lado). Aunque el refuerzo de los
obstáculos no frena las partidas, obliga a recurrir a rutas migratorias
indirectas, más peligrosas. Nadie sabe en qué condiciones se lleva a
cabo (o no), durante las intervenciones de Frontex, la identificación de
eventuales solicitantes de asilo, un procedimiento en principio
obligatorio según las normas europeas de acceso al territorio de los
Estados miembros. Más allá del hecho de que se desarrolla al abrigo de
todo control democrático, esta deslocalización, de la cual Frontex se ha
vuelto el símbolo, permite que los países europeos se sustraigan a las
exigencias impuestas en su territorio por sus compromisos en el ámbito
de los derechos fundamentales.
La externalización del control de las fronteras constituye la trama
de la “cooperación global con los países de origen y de tránsito”
consagrada por el Pacto Europeo de Inmigración y Asilo, firmado por los
Veintisiete en 2008, por iniciativa de Francia, que entonces ejercía la
presidencia de la Unión y había convertido la lucha contra la
“inmigración sufrida” en su caballito de batalla. En nombre de la
“sinergia entre las migraciones y el desarrollo”, el texto coloca a los
países de proveniencia y de tránsito de los inmigrantes en ruta hacia la
Unión Europea en la posición de guardias de frontera obligados. Así
pues, están encargados de proteger a la distancia las fronteras europeas
a cambio de contrapartidas, que a veces son económicas y, otras,
políticas.
El “estatuto avanzado” que Marruecos obtuvo ante la UE en 2008
recompensa a un país que no escatimó esfuerzos por cumplir el papel que
se espera de él en la gestión de las migraciones. En el otoño de 2005,
mientras se producían los repetidos intentos por cruzar los “alambrados”
que cierran la frontera entre España y Marruecos (7) en Ceuta y
Melilla, unas veinte personas de origen subsahariano fallecieron, por
caída, asfixia, o bajo las balas del ejército marroquí. Esa masacre y
los sanguinarios traslados posteriores hacia la zona desértica en la
frontera con Argelia, sin embargo cerrada, fueron ampliamente
mediatizados por un gobierno marroquí preocupado por mostrar su
preocupación. Menos comentado por la prensa fue el drama que se produjo
el 28 de abril de 2008 en las costas de Alhucemas (noreste de
Marruecos): unas treinta personas, cuatro de las cuales eran niños,
fallecieron ahogadas después de que las fuerzas del orden, según
testimonios que coinciden, pincharan su embarcación neumática de forma
voluntaria. (8) Ninguna investigación independiente permitió arrojar luz
sobre este hecho.
Los acuerdos de “readmisión” firmados con los países vecinos
constituyen un elemento clave del dispositivo. Para poder expulsar a un
extranjero que se encuentra en situación irregular en el suelo europeo,
es necesario que su país de origen, o el último país que atravesó, lo
reconozca. Conscientes del hecho de que los terceros países no tienen
ningún interés en aceptar el regreso de sus ciudadanos –y mucho menos el
de los inmigrantes que sólo estuvieron en tránsito en sus países–, los
Estados europeos se embarcaron en un ciclo interminable de
negociaciones, cuya lógica alimenta una floreciente corrupción y un
retroceso generalizado de los derechos fundamentales. De ese modo, en
Senegal, Ucrania o ciertos países de los Balcanes, se realizan
devoluciones de “clandestinos” sin ninguna formalidad o garantía de
protección a cambio de diversas “facilitaciones”. (9)
El derecho de asilo es la víctima directa de esa guerra conducida por
la Unión y sus Estados miembros contra los candidatos al exilio.
Rechazados o retenidos en los “países tampón” encargados de proteger la
fortaleza Europa, las personas que podrían acceder al estatuto de
refugiado se ven privadas de la posibilidad de solicitarlo. En nombre de
un supuesto “reparto de la carga”, la UE finge creer que los
solicitantes de asilo que ella ya no quiere recibir serán recibidos en
buenas condiciones por países aliados cuya colaboración ha sabido
aprovechar. De ese modo, alienta, en países que no tienen ni la
capacidad logística para integrar refugiados ni la voluntad política de
hacerlo (por ejemplo los países del Magreb), los brotes xenófobos contra
una población que no es aceptada y que es forzada a llevar una vida
precaria. (10)
También incita al desarrollo de una multitud de campos de detención
–que ella financia–, como en Ucrania desde 2004. Aunque se trata de un
país signatario del Convenio de Ginebra sobre los refugiados. No es el
caso de Libia, donde los maltratos infligidos a los inmigrantes y
refugiados están ampliamente documentados. (11) Sin embargo, desde mayo
de 2009, Italia rechaza embarcaciones de inmigrantes para entregarlos a
las autoridades libias. De esa forma, viola a la vez el derecho marítimo
internacional y el principio de no rechazo, que prohíbe devolver a
personas susceptibles de necesitar protección. (12) Esas violaciones de
principios por parte de la UE respecto de los derechos fundamentales
fueron cometidas por un Estado miembro sin suscitar ninguna reacción,
salvo la búsqueda de soluciones para permitirle seguir actuando de ese
modo. En julio de 2009, la Comisión Europea le proponía a Libia entablar
una “cooperación para lograr una gestión conjunta y equilibrada de los
flujos migratorios”, mientras que el Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados (ACNUR) ofrecía sus buenos servicios para una
“gestión humanitaria” de los centros de detención.
Más allá de la cuestión del ataque a los derechos de los refugiados,
la instrumentalización por parte de la UE de la cooperación con los
terceros países constituye una peligrosa amenaza contra una libertad
primordial: la de ir y venir. También afecta los flujos migratorios de
aquellos que no desean particularmente ir a Europa... El concepto de
“codesarrollo”, que puede parecer una excelente idea, puesto que asocia
migración y desarrollo, está, de hecho, al servicio de esa regresión.
Puesto que, si bien oficialmente sólo constituyen una parte de ese
concepto, las cuestiones ligadas a la seguridad de las fronteras ocupan
un lugar preponderante dentro de una trampa para ingenuos: muchas de las
medidas consideradas y de los financiamientos prometidos conciernen a
la lucha contra la “inmigración ilegal”, es decir, visto desde los
países de partida, contra la emigración.
El discurso del codesarrollo permite hacer que poblaciones de pronto
calificadas de “actores de su propio desarrollo” acepten decisiones
europeas unilaterales y, simultáneamente, propagar la idea –en Europa,
pero también en los lugares de partida– de que el desarrollo de los
países de origen va a frenar la inmigración ilegal. Doble engaño: pues
el despegue económico de un país tiende más bien a favorecer la
movilidad de sus ciudadanos; en cuanto a la “ayuda”, a menudo es
malversada por ciertos dirigentes. Pero es un engaño eficaz, pues, para
asegurar su misión de filtraje, los países abroquelan sus fronteras y se
transforman en carceleros de sus propios conciudadanos. Esos son los
resultados tangibles de la cooperación instaurada, por ejemplo, entre
España y algunos de sus vecinos de África: en Argelia y Marruecos, la
ley convierte la “emigración ilegal” en un delito, mientras que Senegal
la sanciona en los hechos. Las poblaciones no son ingenuas respecto de
ese bloqueo inverso. En abril de 2010, el presidente de Mali supo
escuchar a su diáspora cuando cuestionó “las devoluciones sistemáticas a
la frontera”. Como intitulaba sobriamente el diario senegalés Le Soleil
el día previo a la conferencia euroafricana de Rabat de 2006:
externalización significa “Europa cierra nuestras fronteras”.
1 Conclusiones de la cuarta Conferencia de Ministros Europeos Responsables de las Cuestiones de Migración, Luxemburgo, 1991.
2 Léase el dossier “Passeurs d’étrangers”, Plein Droit, n° 84, marzo de 2010.
3 Jelle Van Buuren, “Quand l’Union européenne s’entoure d’un cordon sanitaire”, Le Monde Diplomatique, enero de 1999.
4 Plan de cinco años que establece las diez prioridades de la Unión Europea.
5 Léase Philippe Rekacewicz, “Migrants, sauvetage en mer et droits humains”, Visions Cartographiques, 27 de septiembre de 2009. http://blog.mondediplo.net/
6 Léase Jean Ziegler, “Réfugiés de la faim”, Manière de voir 108 “Indispensable Afrique”, diciembre de 2009-enero de 2010.
7 Migreurop (libro coordinado por Emmanuel Blanchard y Anne Sophie Wender), Guerre aux migrants. Le livre noir de Ceuta et Melilla, Sillepse, París, 2007.
8 Loubna Bernichi, “La marine royale enfoncée”, Maroc Hebdo, 16 de mayo de 2008.
9, Claudia Charles, “Accords de réadmission et respect des droits de l’homme dans les pays tiers”, nota informativa del Parlamento Europeo, septiembre de 2007. También véase el dossier dedicado por la red Migreurop a los acuerdos de readmisión: http://migreurop.org/article1348.html
10 Sobre Marruecos, léase GADEM (Grupo Antirracista de Seguimiento y Defensa de Extranjeros y Emigrantes), “Rapport relatif à l’application par le Maroc de la Convention internationale sur la protection des droits de tous les travailleurs migrants et des membres de leur famille”, Rabat, febrero de 2009: http://www.migreurop.org/article1395.html
11 Véase ASGI (Associazione per gli Studi Giuridici sull’Immigrazione), “I respingimenti di migranti in Libia violano il diritto d’asilo, le norme nazionali, comunitarie e internazionali”, Bolonia, junio de 2009: http://www.asgi.it/home_asgi.php?n=314&l=it
12 Informe sobre Italia del Comité para la Prevención de la Tortura y las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes (CPT) del Consejo Europeo, 28 de abril de 2010.
Edición de Luz & Sombras. Fuente original:_ http://www.eldiplo.com.pe/c%C3%B3mo-europa-encierra-sus-vecinos